El pleno de la sala de lo civil del Tribunal Supremo se reunirá este miércoles para resolver los recursos de casación que la Generalitat, el Museo de Lérida y el Museo Nacional de Arte de Cataluña (MNAC) interpusieron contra la sentencia judicial que declaró nulas las ventas de las 97 obras de Sijena y decretó su regreso al monasterio aragonés. De cumplirse lo previsto, ese día se conocerá el fallo de los diez magistrados, y por lo tanto, si las obras se quedan o no definitivamente en su lugar de origen.
De las 97, volvieron 95 por orden judicial (dos fueron extraviadas por Cataluña), 51 desde el MNAC y 44 del Museo de Lérida. En este último caso, la operación que permitió su regreso fue ordenada por el magistrado en cumplimiento de la ejecución provisional del fallo y necesitó del auxilio de la Guardia Civil, ante los reiterados incumplimientos de la parte catalana.
La resolución del Supremo se esperaba para el pasado 15 de octubre. No obstante, los cuatro magistrados que se reunieron para tratar el asunto decidieron que la decisión debía ser adoptada por la sala en pleno, es decir, por los diez magistrados y para ello, eligieron una nueva fecha, la del próximo miércoles, 25 de noviembre.
A priori, el retraso podría haberse entendido como una mala noticia para los intereses aragoneses, pero los abogados del Gobierno de Aragón, Alberto Gimeno, y del Ayuntamiento de Villanueva de Sijena, Jorge Español, consideraron que es muy posible que busque «sentar doctrina» sobre la extensión de los escritos de casación, después de que los tres recursos catalanes llegaran a triplicar las 25 páginas permitidas y en consecuencia, vulneraran los requisitos establecidos, dejando además a una de las partes en «desigualdad de armas», ya que los letrados aragoneses se ajustaron a las normas establecidas. Para sentar doctrina, es necesaria la participación del pleno de la sala, es decir, de los diez magistrados.
En sus escritos de oposición, antes de entrar en las cuestiones de fondo, los letrados aragoneses incidieron en que ninguno de los tres recursos debería haber sido admitido al superar con creces la extensión máxima establecida y por lo tanto, quebrantar unas normas que se aplican «de forma estricta». Los recursos de la Generalitat y el MNAC tenían 67 páginas y el del Museo de Lérida, 87, más de tres veces lo permitido.
Los letrados aragoneses creen que lo más factible es que el Supremo inadmita los recursos catalanes y además, siente doctrina sobre su extensión, con el fin de evitar que otros abogados vuelvan a vulnerar las normas establecidas.
Además de insistir en este asunto, los letrados aragoneses volvieron a apelar en sus escritos a varias de las cuestiones que deja clara la sentencia que ordenó la vuelta de las 97 obras y que fue emitida en 2015. Así, entre otras, vuelven a insistir en la indivisibilidad del monasterio, que está protegido por la declaración de Monumento Nacional desde 1923, así como en el hecho de que las ventas de las 97 piezas fueron «simuladas e irreales». De hecho, Cataluña no ha sido capaz durante todo el proceso de aportar ningún justificante de pago de las obras, entre las que figuran elementos de la vida cotidiana de las monjas, pero también piezas de gran valor como los sarcófagos de las prioras del siglo XV o los alabastros del escultor Gabriel Joly.
Los abogados aragoneses también señalan que las operaciones de compraventa se llevaron a cabo sin las autorizaciones de las administraciones competentes (Ministerio de Cultura en 1983 y del Gobierno de Aragón en 1992 y 1994) y que los contratos fueron firmados por la priora de Valldoreix, Pilar Sanjoaquín, que carecía de potestad legal sobre los bienes. De hecho, las obras no eran suyas sino de la Comunidad de Sijena.