El Boletín Oficial de Aragón publica hoy la convocatoria de subvenciones de cinco líneas del programa Fomento de Empleo Autónomo 2024. Una convocatoria incluida dentro del Programa FSE+ Aragón 2021-2027, que tiene un presupuesto total de 1,8 millones de euros. De todos ellos, 200.000 provienen de fondos estatales. Del resto (1,6 millones), el 60% son fondos propios del Gobierno de Aragón y el 40 % restante del Fondo Social Europeo Plus. Los hechos subvencionables tienen que estar comprendidos entre el 1 de octubre de 2023 y 30 de septiembre de 2024.
Las subvenciones abiertas se dividen entre cinco programas distintos:
- Subvención al establecimiento como persona trabajadora autónoma, destinada a promocionar el empleo por cuenta propia de personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo.
- Subvención para el fomento del relevo generacional, destinada a facilitar la continuidad del negocio más allá de la vida laboral de su promotor.
- Subvención para favorecer la incorporación al negocio familiar de personas trabajadoras autónomas colaboradoras.
- Subvención por la contratación de la primera persona trabajadora por cuenta ajena por parte de una persona trabajadora autónoma, para favorecer el crecimiento de su proyecto de autoempleo.
- Subvención financiera para reducir los intereses de los préstamos destinados a financiar las inversiones y otros gastos necesarios para la puesta en marcha y el desarrollo de la actividad.
En la convocatoria de este año, a estas personas se unen los profesionales que habiendo sido beneficiarios de la subvención al establecimiento como persona trabajadora autónoma y la de relevo generacional en la convocatoria del año 2023, cumplan un año de actividad antes del 30 de septiembre de 2024.
Los plazos para solicitar las subvenciones varían dependiendo de cada uno de los programas. Para los tres primeros (establecimiento de trabajador autónomo, relevo generacional e incorporación de autónomos colaboradores) será un mes desde el día siguiente al inicio de la actividad. Para la subvención por contratación del primer trabajador por cuenta ajena será también un mes desde el día siguiente al inicio de la contratación y en la subvención financiera será de seis meses desde el día siguiente a la formalización del préstamo o desde el inicio de la actividad, si el préstamo se hubiese formalizado con anterioridad al inicio de la actividad.